Hoy finalmente, con esta nueva entrada se concluye el
artículo sobre “Gestión” urbanística. A pesar de lo ingrato del tema, y de la
extensión del mismo espero que no haya servido para desanimar a nadie.
En la próxima entrada pretendo recopilar algunos
dibujos de bloques y ejemplos que yo mismo he desarrollado y que espero puedan
ser útiles para un mayor número de personas.
.. // ..
CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD
En el momento actual se ha producido un parón
espectacular en la actividad de la construcción en general y la obra civil en
particular, siendo esta tan importante en el ámbito de la obra privada como de
la pública debido a la crisis financiera, de forma que prácticamente se ha
anulado la licitación de obra nueva, especialmente para las empresas pequeñas o
medianas y las subcontratas.
La existencia en muchos núcleos urbanos medios en toda
la Comunidad
Autónoma o la provincia, con áreas delimitadas en el
planeamiento vigente, como “unidades de actuación o ejecución”, con las
características propias del “suelo urbano NO consolidado”, y con su “ordenación
detallada” ya establecida, que no han cumplido las expectativas de ejecución,
tienen en la situación actual, unas posibilidades muy remotas de desarrollo ya
que además de las circunstancias comentadas en el párrafo anterior, hay que
considerar las patologías ya expuestas del Sistema de Compensación.
Sin embargo por otra parte este tipo de áreas,
precisamente constituyen con frecuencia una especie de “recortes” o “jirones”
en la continuidad del propio tejido urbano, por lo que resulta bastante evidente
la “conveniencia” de favorecer o promover su desarrollo, lo cual evidentemente
ya se habría pretendido con el planeamiento urbanístico, y por tanto cualquier
otra iniciativa que pueda contribuir a su desarrollo, también redunda en una
mejora en la continuidad e integración de los núcleos urbanos.
Se considera que precisamente el “Sistema de
Concurrencia” contemplado en la legislación vigente para la gestión
urbanística, es singularmente “oportuno” ya que podría permitir una cierta
reactivación en el desarrollo y consolidación de este tipo de suelo y a su vez
en la actividad del sector de la construcción y obra civil, si se tiene en
cuenta que probablemente existen múltiples empresas, que podrían estar
interesadas en optar a un concurso de obra nueva, de estas características.
Este tipo de concurso por otra parte tampoco tiene que
ser financiado directamente por la administración actuante, y se trataría de
una obra civil relativamente limitada en cuanto a volumen, pero que puede
permitir mantener un cierto ritmo de actividad, empleando recursos propios o
vinculados, en empresas de maquinaria de movimiento de tierras, producción de
áridos, fabricación de hormigones y/o materiales de construcción en general, a
costa de aplazar las expectativas de beneficio a medio plazo, con la
adquisición en pleno dominio de la propiedad de un suelo urbano directamente
edificable y libre de cargas.
PROPOSICION
Se elabora este documento con el fin de plasmar en un
informe, la conveniencia de abordar desde alguna administración pública,
(Ayuntamientos, Diputaciones y/o Comunidad Autónoma) una línea de actuación
novedosa que podría desarrollar este tipo de actuaciones en una coyuntura como
la actual.
Esto podría suponer una primera fase para recopilar
información sistemática respecto al alcance de este tipo de “unidades de
actuación”, a lo largo de los distintos núcleos urbanos que constituyen el
territorio de la provincia o comunidad. Ello es razonablemente asequible desde
un estudio profesional, ya que casi toda la información urbanística, como de
cartografía y parcelarios de propiedad está disponible a través de Internet en
los servidores de la Junta
de Castilla y León (PLAU archivo de urbanismo, SITCYL, con Ortoimágenes del
PNOA, y la Sede
Electrónica de Catastro del Ministerio de Economía y
Hacienda).
En una segunda fase correspondería la elaboración de
los Proyectos de Actuación, y las valoraciones de suelo correspondiente, en
aquellos casos que se considerase adecuado, para su presentación en los
Ayuntamientos correspondientes, o impulso de oficio por los mismos, iniciando
de esta forma la puesta en marcha del procedimiento con la información pública
de los distintos concursos.
A su vez los Proyectos de Actuación deben realizarse
con una estimación inicial de la obra de urbanización, posponiendo las
determinaciones completas a un posterior proyecto de urbanización, a elaborar
por el urbanizador, de forma que se simplifica y abrevia la elaboración del
documento inicial.
El Arquitecto
Fdo.: Julio Álvarez Robles
No hay comentarios:
Publicar un comentario